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Ley 21.719: la nueva ley de protección de datos, explicada para empresas
Chile reemplazó su antigua ley de datos personales por un marco moderno, tipo RGPD europeo, con una autoridad que fiscaliza y multas reales. Rige en plenitud desde el 1 de diciembre de 2026 — y prepararse toma meses, no días.
Lo esencial en 60 segundos
- Aplica a toda organización que trate datos de personas en Chile: clientes, trabajadores, proveedores, usuarios.
- Crea la Agencia de Protección de Datos Personales, que puede fiscalizar y sancionar.
- Las multas por infracciones pueden alcanzar montos muy altos (miles de UTM, y más en los casos gravísimos o reincidencia).
- Exige poder demostrar el cumplimiento — el principio de responsabilidad: no basta cumplir, hay que tener la evidencia.
Las obligaciones que tendrás que operar día a día
1. Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)
El inventario de qué datos tratas, para qué, con qué base de licitud, quién accede, cuánto tiempo los guardas y cómo los proteges. Es la columna vertebral: sin RAT no puedes responder nada de lo demás.
2. Derechos de los titulares (solicitudes ARCO+)
Cualquier persona podrá pedirte acceso, rectificación, cancelación, oposición o portabilidad de sus datos — y tu empresa debe responder dentro de plazo legal y dejar registro de cada solicitud y respuesta. Aquí es donde más empresas se caen: las solicitudes llegan por cualquier canal y nadie las registra.
3. Brechas de seguridad
Si tus datos se filtran o pierden, debes evaluar el incidente, notificar a la autoridad (y a los afectados cuando corresponde) y documentar todo el manejo del incidente.
4. Bases de licitud y consentimiento
Cada tratamiento necesita una justificación legal (consentimiento, contrato, interés legítimo, obligación legal...). Tendrás que revisar formularios, contratos y campañas de marketing.
¿Por qué empezar ahora si rige en diciembre de 2026? Porque construir el RAT exige entrevistar a todas las áreas, revisar cada sistema y cada planilla; y porque los procesos (solicitudes, brechas) hay que probarlos en la práctica antes de que sean exigibles. Las empresas que dejaron el RGPD europeo para el final pagaron consultorías caras por trabajo apurado.
Checklist de preparación
- Nombra un responsable interno (y evalúa si necesitas un DPO/delegado).
- Levanta tu RAT: sistemas, planillas, bases de marketing, RR.HH., proveedores.
- Define el canal y el flujo de solicitudes de titulares (con plazos y registro).
- Prepara el procedimiento de brechas de seguridad (quién evalúa, quién notifica, en qué plazo).
- Revisa consentimientos, políticas de privacidad y contratos con proveedores que procesan datos por ti.
- Deja evidencia de todo: capacitaciones, versiones del RAT, respuestas a solicitudes.
Preguntas frecuentes
¿Las pymes también?
Sí. Las obligaciones son proporcionales al riesgo del tratamiento, pero ninguna empresa está exenta.
¿Qué multas arriesgo?
La ley contempla multas según la gravedad de la infracción, que en los tramos altos alcanzan miles de UTM (decenas o cientos de millones de pesos), además de la posibilidad de suspensión de tratamientos en casos graves.
¿Esto se relaciona con la Ley Karin?
Son leyes distintas, pero se cruzan: las denuncias de la Ley Karin contienen datos sensibles que también debes proteger según la 21.719. Por eso conviene gestionar ambas con un mismo sistema.
Llega a diciembre de 2026 con la tarea hecha
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